Ayuda humanitaria

Proveemos status legal a víctimas de persecución,
crímenes violentos y abuso doméstico

408-282-1003

 

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crímenes violentos y abuso doméstico

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ASILO Y VISAS PARA VÍCTIMAS DE CRÍMENES Y ABUSO

La ley de Inmigración de Estados Unidos ofrece varias formas de ayuda a víctimas que han sufrido de persecución, violencia, o abuso en su país de origen o en los Estados Unidos. Estas formas de ayuda están disponibles para peticiones ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) o para defensa contra procesos de deportación ante la Corte de Inmigración.

Asilo:

Si usted teme retornar a su país de origen por haber sufrido daños allí o debido a las condiciones peligrosas de ese país, usted es elegible para solicitar asilo. Una concesión de asilo en Estados Unidos permite a las personas permanecer legalmente en Estados Unidos para protegerse de la persecución en su país de origen.

¿Qué es persecución?

La persecución puede tener muchas formas --violencia física, abuso sexual o violencia doméstica, violación, amenazas de muerte, detención, extorsión y otros tipos de violencia --por las que el gobierno de su país no está dispuesto o no puede ofrecerle protección.

Además, la persecución que usted teme vivir en su país de origen tiene que estar basada en una característica distintiva como su raza, religión, nacionalidad, orientación sexual, opinión política o  pertenencia a un determinado grupo social.

Si recibe asilo, usted será elegible para solicitar la residencia permanente en los Estados Unidos después de un año.

Visas para víctimas de crímenes violentos

Si usted ha sido víctima de un crimen violento en los Estados Unidos, como una agresión grave, violación, abuso sexual, violencia doméstica, extorsión, prisión ilegal, secuestro u otros crímenes graves que le han causado un substancial sufrimiento físico o psicológico, usted es elegible para solicitar una visa U.

El crimen tiene que haber sido informado a la policía y usted tiene que haber ayudado o intentado ayudar en la investigación o en el juicio del crimen. Como requisito previo a presentar la solicitud de visa U, usted debe obtener una certificación de su ayuda del Departamento de Policía que emitió el informe del crimen o de la Oficina del Fiscal del Distrito que procesó el delito.

Después de vivir con la visa U en Estados Unidos por tres años, usted es elegible para solicitar la residencia permanente.

Residencia permanente para esposos, niños, y padres abusados

Si usted ha sido abusado por su cónyuge estadounidense, o por su padre o madre, hijo/a estadounidenses, puede ser elegible para presentar una petición de visa de inmigrante bajo la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA). Los cónyuges abusados ​​y los hijos de residentes permanentes estadounidenses también son elegibles para presentar esta petición. Usted tiene que haber vivido con su pariente abusivo y debe ser una persona de buen carácter moral. El abuso debe elevarse al nivel de «agresión o crueldad extrema», que incluye cualquier acto o amenaza de violencia que resulte en daño físico o mental.

Una vez aprobada la petición de visa de inmigrante, usted es inmediatamente elegible para solicitar la residencia permanente en los Estados Unidos.

Para obtener más información sobre estas ayudas humanitarias para la inmigración, llame a nuestra oficina para acordar una consulta con uno de nuestros abogados.

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