Divorcio, Custodia de Niños, y Ordenes de Restricción

408-282-1003

 

Divorcio, Custodia de Niños, y Ordenes de Restricción

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Divorcio, Custodia de Niños, y Ordenes de Restricción

El fin de un matrimonio suele presentar varios desafíos emocionales y legales que pueden ser difíciles de navegar sin ayuda. En Olmos & Barhoum, LLP, intentamos proveer el mejor apoyo legal durante cada paso del proceso.

Divorcio

Las tres maneras principales para terminar un matrimonio en California son a través de divorcio, separación legal, and anulación. Cualquier cónyuge puede decidir terminar el matrimonio, y el otro cónyuge no puede detener el proceso al negarse a participar en el caso. Si un cónyuge no participa en el proceso de divorcio (por ejemplo, no responde a la petición de divorcio), el otro cónyuge puede obtener una orden por incomparecencia y el divorcio será finalizado.

El proceso de divorcio puede ser complicado cuando los cónyuges necesitan dividir varios bienes después de la separación, como una casa u otras propiedades y cuentas financieras. A demás, si hay niños menores de edad involucrados, cada cónyuge querrá obtener derechos parentales en forma de custodia física y legal.  

Custodia de Niños

En California, cualquier madre o padre puede tener custodia de los niños, o ambos padres pueden compartir la custodia. Solo existen dos tipos de custodia:

  • Custodia legal, que se refiere a quien toma las decisiones importantes sobre los niños (como cuidado de salud, educación, y el bien estar); y
  • Custodia física, que se refiere a quien vive con los niños.

Cada tipo de custodia puede ser única de un solo padre o puede ser compartida por los dos padres.

La custodia legal compartida les permite a los dos padres tener el derecho y la responsabilidad de tomar decisiones importantes sobre la salud, educación, y bien estar de los niños. Estas decisiones pueden incluir, por ejemplo, eligiendo sobre los siguientes asuntos: escuela y guardería; actividades y/o instituciones religiosas; servicios psicológicos o psiquiátricos, aconsejaría, o terapia; doctor, dentista, o ortodontista; deportes, campamento de verano, o actividades extracurriculares; y viajes.

La custodia física también puede ser compartida, lo cual significa que los niños viven con cada madre/padre por una cantidad de tiempo igual o casi igual cada mes. Si uno de los padres tiene la custodia física principal o única, significa que los niños viven con este padre la mayoría del tiempo y el otro padre usualmente tiene visitas con los niños. El padre con visitas será sujeto a una orden de visitaciones, y hay varios tipos de ordenes de visitaciones que le Corte de Familia puede emitir dependiendo de las circunstancias de los niños y padres. El padre con visitas también puede estar sujeto a pagar manutención para los niños.

Ordenes de Restricción por Violencia Domestica

La violencia domestica puede ser violencia física, una amenaza de violencia física, o una tendencia de acosar a la otra persona. Por ejemplo, la violencia domestica puede ser en la forma de tirar las cosas, jalar el cabello, perseguir, acosar, asaltar sexualmente, entrar sin permiso a la casa o trabajo de la víctima, destruir o robar las pertenencias de la víctima, intimidar, o amenazar de hacer cualquiera de estos actos. El abuso puede ser verbal, escrito, emocional, o físico.

La víctima y el abusador deben de tener una relación cercana (casados, divorciados, separados, novios o exnovios, conviviendo o anteriormente convivían como pareja), o relación parentesco (padre, hijo/a, hermano/a, abuelo/a, o familiares políticos).

Si usted está siendo víctima de violencia doméstica, puede obtener protección inmediata al tramitar una orden temporaria de restricción (“TRO”) en la Corte de Familia. Un TRO puede incluir una orden de expulsión para remover a la persona abusiva de su hogar, una orden de alejamiento para prohibir a la persona abusiva de acercarse hacia usted, y ordenes de custodia y visitas para los niños. Una audiencia será programada dentro de unas semanas después de tramitar el TRO, en la cual el juez emitirá ordenes permanentes.

Para más información sobre divorcio, custodia de niños, u ordenes de restricción, por favor programe una consulta con una de las abogadas.

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